La suerte está en Occidente 2025

CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN LA SUERTE ESTÁ EN OCCIDENTE


COMPRA, ACTIVA Y GANA TU FUTURO OMODA SORTEO DE UN VEHÍCULO OMODA C5 CROSS FUTURE 2025

  1. ORGANIZACIÓN
    La promoción “La suerte está en occidente, compra, activa y gana tu futuro OMODA” en adelante La Promoción, es organizada por la Cámara de Comercio Industria Turismo y Servicios de San Ramón, cédula jurídica 3-002-097285, Cámara de Comercio Agroindustria y Turismo de Poás, cédula jurídica 3-002-254914, Cámara de Comercio, Turismo y Transporte Naranjo, cédula jurídica 3-002-663995, Cámara de Comercio y Turismo de Zarcero, cédula jurídica 3-002-648928, Cámara de Comercio y Turismo de Sarchí, cédula jurídica 3-002-162741, y la Cámara de Comercio, Industria, Turismo y Afines de Palmares, cédula jurídica 3-002-660347, en adelante La Organización. El fundamento legal para la consecución de esta promoción está previsto en la ley N.7472. Ley de la promoción de la competencia y defensa efectiva del consumidor, de la República de Costa Rica.
  2. OBJETIVO DE LA PROMOCIÓN.
    Establecer un programa de acompañamiento empresarial asequible para todos los afiliados a las cámaras empresariales que componen la organización y los comercios de la zona de occidente en general, que estimule las ventas en sus negocios, el apoyo al comercio local y que permita aportes extraordinarios de membresías entre los afiliados y fomente a su vez nuevas afiliaciones a las cámaras empresariales que componen la organización.
  3. VIGENCIA DE LA PROMOCIÓN
    Es válida del 15 de noviembre 2024 al 30 de setiembre de 2025 inclusive. La elección de la persona física o jurídica ganadora se realizará el 11 de octubre 2025 según se consigna en el artículo 13 de este documento.
  4. PARTICIPANTES.
    Podrán participar de esta promoción únicamente los afiliados a las cámaras empresariales que componen la organización y comercios de la zona de occidente. En lo sucesivo se denominará comercio afiliado como sinónimo de participante de la promoción.
  5. CONCEPTO DE AFILIADO A LA ORGANIZACIÓN.
    Toda persona física o jurídica debidamente aprobado en sesión ordinaria o extraordinaria de junta directiva de las cámaras empresariales que componen la organización y que tenga una empresa, micro, pequeña, o grande debidamente establecida en su respectivo cantón o fuera de él, que desarrolle actividades comerciales, industriales, turísticas, agrícolas, servicios, inmobiliarias, financieras, organizaciones, profesionales, o cualquier otro sector que la organización considere adecuado. Cuando se trate de personas físicas debe ser reconocida su honradez y estar en pleno goce de sus derechos civiles. Las personas jurídicas deben estar debidamente inscrito en el Registro Público correspondiente.
  6. CONCEPTO DE CLIENTE GANADOR.
    Será el acreedor del premio descrito en el artículo 9 del presente documento, mediante la mecánica descrita en el artículo 10 del mismo cuerpo normativo.
  7. CONCEPTO DE CUOTA ORDINARIA.
    Se refiere al desembolso en efectivo o mediante medios electrónicos por concepto de membresía que el afiliado realiza en favor de las Cámaras Empresariales que componen La Organización acorde a la periodicidad descrita en su solicitud de afiliación, a saber, mensual, trimestral, semestral o anual.
  8. CONCEPTO DE CUOTA EXTRAORDINARIA.
    También conocido como aporte extraordinario. Para efectos de la presente promoción, se refiere al desembolso en efectivo o mediante medios electrónicos que el afiliado realice en favor de las Cámaras Empresariales que componen La Organización por sobre su aporte ordinario. De ninguna manera el aporte extraordinario se podrá visualizar o interpretar como un aporte ordinario pagado por anticipado. Para efectos de esta dinámica, cuota extraordinaria se le denominará afiliación a La Promoción. Las cuotas extraordinarias descritas en este punto no son acumulativas ni tendrán validez para otras promociones ni podrán ser consideradas como cuotas ordinarias pagadas por anticipado.
  9. DEL PREMIO.
    El premio consiste en un vehículo OMODA C5 modelo Cross Future Comfort, cilindrada tipo
    1.5 TCI, potencia máxima (hp@rmp) 147/5.550, torque (Nm@rpm) 210/1750 – 4000, modos de conducción ECO y deportivo, estándar de emisión gasolina EU VIb, transmisión CVT25, palanca de cambios tipo E-Shift, tracción delantera, suspensión delantera McPherson, dirección electro asistida. Las características del vehículo se indican en la ficha técnica que se incluye como anexo a este documento el cual forma parte integral del mismo. De ninguna manera el premio se traducirá en dinero en efectivo o cualquier otra forma de pago en especie. El vehículo podrá inscribirse a nombre de la persona física o jurídica ganadora de La Promoción. La Organización no se hace responsable de costos adicionales en los que el afiliado ganador deba incurrir para hacer efectivo el disfrute del presente premio o bien de condiciones no contempladas que le impidan al afiliado ganador disfrutarlo.
  10. COMERCIOS AFILIADOS Y MONTO MÍNIMO DE COMPRA.
    Los comercios afiliados a La Promoción serán registrados en el sitio web https://somostr3s.com/rifa/rifa?id=2 por su respectiva Cámara Empresarial y se catalogaran de acuerdo con el monto promedio de sus facturas, productos o giro de negocio, en dos categorías según sea aprobado por La Organización:

10.1 PEQUEÑOS
Barberías, bazares, cines, panaderías, pulperías, salones de belleza, transportistas, verdulerías y otros que La Organización determine. Su monto mínimo de compra para participar de la promoción es de ₡5.000

10.2 MEDIANOS Y GRANDES
Todo comercio o servicio que no corresponda al artículo 10.1 de este documento y que La Organización determine. Su monto mínimo de compra para participar de la promoción es de ₡10.000

  1. DINÁMICA DE LA PROMOCIÓN.
    Cada comercio afiliado a las Cámaras Empresariales que componen La Organización y a La Promoción, podrá permitir que sus clientes activen el numeral de su tiquete de compra, factura física, electrónica o cupón validado en el sitio web https://somostr3s.com/rifa/rifa?id=2 , accesible desde cualquier dispositivo electrónico con conexión a internet. Los clientes deberán ingresar su número de documento de identificación, número de teléfono, correo electrónico (opcional), nombre del cantón, nombre del comercio y numero de su tiquete de compra, factura física, electrónica o cupón y el monto de su compra para poder participar. Los clientes podrán activar una ilimitada cantidad de facturas correspondientes a una ilimitada cantidad de compras validadas que realice. Estas activaciones de compras serán debidamente registradas en los sistemas informáticos que La organización posee.
    Cada número de tiquete de compra, factura física, electrónica o cupón podrá ser registrado una única vez, teniendo distinta cantidad de oportunidades de participación según su monto de compra.

11.1 FACTURAS Y TIQUETES DE COMPRA
Según el monto de compra, el cliente podrá tener distintas oportunidades de participación establecidas de la siguiente manera:

El sitio web https://somostr3s.com/rifa/rifa?id=2 se encarga de convertir los montos de compra en la cantidad de acciones de participación correspondientes, no el usuario.

11.2 CUPONES
Según el monto de compra, el cliente podrá tener distintas oportunidades de participación establecidas de la siguiente manera:

El usuario deberá registrar cada uno de los cupones en el sitio web
https://somostr3s.com/rifa/rifa?id=2 .El comercio afiliado a La Promoción debe confeccionar sus cupones bajo la guía y supervisión de La Organización.

  1. REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN PARA LOS COMERCIOS.
    Estar debidamente inscrito como afiliado a una de las Cámaras Empresariales que componen La Organización al momento en que inicia la promoción. Realizar los aportes extraordinarios descritos en el artículo 8 del presente documento durante la vigencia descrita en el artículo 3 del presente documento. Emitir tiquetes de compra, factura física, electrónica o cupones con numeral consecutivo. En caso de establecer condiciones de participación internas, el negocio deberá informar a La Organización la mecánica propuesta para aprobación. En el caso de confeccionar cupones o acciones con numerales consecutivos para los clientes, deberá informarlo a La Organización para su verificación y aprobación. En el caso de que un comercio posea más de 1 sucursal, deberá aportar un monto de afiliación igual por cada sucursal que se ubique fuera del cantón al que desee inscribirse, no así para sucursales ubicadas dentro del mismo cantón.
  2. DEL GANADOR Y ENTREGA DEL PREMIO.
    Una vez finalizada La Promoción, mediante sorteo electrónico, y en presencia de notario público se elegirán 3 favorecidos en el siguiente orden: La primera escogencia se denominará acreedor del premio descrito en el artículo 9 del presente documento. La segunda y tercera escogencia se les denominará suplentes. En caso de que la primera opción no cumpla con los requisitos descritos en el artículo 11 de este documento o externase la no aceptación del premio, se procede a realizar el estudio al suplente número dos y así sucesivamente. Para todos los efectos de este artículo, los ganadores escogidos deberán aportar cédula de identidad más autorización de representación, cuando el caso lo amerite.
    La Organización contará con 30 días naturales posteriores a la celebración del sorteo virtual para la respectiva entrega formal y material del premio descrito en el punto 9 del presente documento.
  3. DERECHOS DE IMAGEN.
    Al ser parte de La Promoción, la persona física o jurídica ganadora acepta y autoriza a La Organización para que su nombre e imagen tanto física como empresarial, se incluya en los anuncios de televisión, comerciales, publicaciones y demás medios publicitarios y en general en todo material de divulgación con fines promocionales que El Organizador implemente durante la vigencia de La Promoción o una vez finalizado el mismo, sin que ello implique la obligación de remunerarlo o compensarlo adicionalmente. Asimismo, la persona física o jurídica ganadora renuncia a cualquier reclamo por derechos de imagen.